Art. 11
Título TÍTULO II

Art. 11

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En vigor desde 15 abr 2018
1. El traslado de piezas de caza mayor muertas, partes de ellas o sus trofeos, fuera de sus acotados, deberán acompañarse de un documento que justifique su procedencia, proporcionado por el titular del aprovechamiento u organizador de la cacería, sin perjuicio de aquellos dispositivos que reglamentariamente se establezcan, especialmente a las piezas cazadas en la modalidad de rececho o las destinadas a taxidermias e independientemente de lo recogido en normativa sanitaria. 2. La comercialización, transporte o tenencia de piezas de caza muertas deberá cumplir las normas sanitarias correspondientes. Para poder librar al comercio las carnes de las piezas cobradas, se someterán a los reconocimientos oficiales establecidos. Se modifica por el .8 de la Ley 2/2018, de 15 de marzo. Ref. BOE-A-2018-6000

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Pro

eli/es-cm/l/2015/03/05/3#art-11