Título TÍTULO III
Art. Disposición adicional segunda
20 / 29En vigor desde 10 dic 2015
El Procurador del Común atenderá con los medios materiales asignados y con el personal actualmente existente, sin incremento de gasto, el ejercicio de las funciones del Comisionado y de la Comisión de Transparencia.
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Proeli/es-cl/l/2015/03/04/3#disposicion-adicional-segunda