Título TÍTULO IV
Art. 32
32 / 66En vigor desde 11 abr 2015
1. Publicada la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón», procederá la presentación de candidaturas ante la Secretaria de la Cámara respectiva.
2. Las candidaturas deberán presentarse por escrito, con la aceptación del candidato, ante la Secretaría de la Cámara. En el caso de las personas jurídicas, las candidaturas deberán acreditarse mediante un poder general de representación o acuerdo expreso del Consejo de Administración.
3. Las candidaturas serán avaladas por la firma de, al menos, el 5% de los electores de los grupos o, en su caso, de la categoría correspondiente. Si el número de electores del grupo o de la categoría fuese superior a doscientos, será suficiente con la firma de diez de ellos para la presentación de la candidatura.
4. Finalizado el plazo de presentación de las candidaturas, la Junta Electoral, después de comprobar el cumplimiento de los requisitos exigidos, procederá a la proclamación de candidatos.
5. El plazo, forma y condiciones de presentación y proclamación de las candidaturas se desarrollarán reglamentariamente.
6. La Junta Electoral reflejará en un acta la proclamación de candidatos y las incidencias que se hubiesen producido. Del acta, se enviará copia certificada a la Administración tutelante y se dará publicidad de su contenido mediante anuncio fijado en la sede social de la Cámara y en, al menos, uno de los diarios de mayor circulación de Aragón.
7. Contra los acuerdos de la Junta Electoral se podrá interponer recurso administrativo ante la Administración tutelante, en los términos previstos en el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El recurso no suspenderá el proceso electoral, a no ser que la Administración tutelante considere que su resolución resulta fundamental para el desarrollo del proceso.
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Proeli/es-ar/l/2015/03/25/3#art-32