Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 11
11 / 66En vigor desde 11 abr 2015
1. El Pleno es el órgano supremo de gobierno y de representación de la Cámara, y estará compuesto por cuarenta vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, por treinta vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Huesca y por veinte vocales en la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel, cuyo mandato durará cuatro años.
2. La composición del Pleno será la siguiente:
a) Veintisiete vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, veinte vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Huesca y catorce vocales en las Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel serán los representantes de todas las empresas pertenecientes a la Cámara correspondiente, atendiendo a la representatividad de los distintos sectores económicos a que pertenezcan de acuerdo con la clasificación en los grupos y categorías que se establezcan en el Reglamento de Régimen Interior de cada Cámara, de conformidad con los criterios establecidos en la Ley 4/2014. También se podrán utilizar alguno de los siguientes criterios:
– Clasificación de la actividad de dichas empresas conforme a las categorías previstas en la normativa reguladora del Impuesto sobre Actividades Económicas.
– Evolución en el crecimiento de los ingresos y en su rentabilidad.
– Capacidad de innovación de las empresas incluidas en los respectivos grupos.
– Inversión de las empresas incluidas en los distintos grupos en I+D+i.
– Grado de internacionalización de las empresas incluidas en cada grupo.
Los grupos y categorías en que se divida la composición del Pleno se revisarán cada cuatro años, antes de proceder a la renovación electoral del mismo, para conocer si sigue actualizada la representación proporcional de todos los intereses económicos que la Cámara representa. Si la variación de las características económicas de la provincia aconsejase una modificación de la distribución en los grupos, a propuesta del Comité Ejecutivo y previo acuerdo del Pleno, se someterá a la Administración tutelante la nueva composición propuesta.
El número de vocales a designar por cada grupo, en los términos que se determinen en el Reglamento de Régimen Interior de cada Cámara, atenderá a un principio de proporcionalidad, en atención a la importancia económica en la Comunidad Autónoma de Aragón de los distintos sectores empresariales representados conforme a los criterios señalados en este apartado.
Estos vocales serán elegidos mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todas las personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad comercial, industrial y de servicios en la demarcación correspondiente.
b) Cuatro vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, tres vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Huesca y dos vocales en el de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel corresponderá a representantes de empresas y personas de reconocido prestigio de la vida económica dentro de la circunscripción de cada Cámara, elegidas en la forma que se determine reglamentariamente en atención, al menos, a los siguientes criterios:
– Contribución de dichas empresas y personas al desarrollo empresarial de la provincia a cuya Cámara pertenezcan.
– Reconocimiento de la trayectoria de dichas empresas y personas fuera de la circunscripción de la Cámara a la que pertenezcan.
– Contribución de dichas empresas y personas a la innovación en el ámbito empresarial de la provincia a cuya Cámara pertenezcan.
Dichos representantes se designarán a propuesta de las organizaciones empresariales intersectoriales y territoriales más representativas, para lo que presentarán la lista de candidatos propuestos en número que corresponda a las vocalías a cubrir.
c) Nueve vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza, siete vocales en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Huesca y cuatro vocales en el de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel corresponderá a representantes de las empresas de mayor aportación voluntaria en cada demarcación, elegidos en la forma que se determine reglamentariamente, en función del importe de las aportaciones voluntarias realizadas por las empresas en los cuatro años anteriores a la elaboración del censo.
Podrán asistir a las reuniones del Pleno, con voz pero sin voto, tres personas en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Zaragoza y dos personas en el caso de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Huesca y en el de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Teruel de reconocido prestigio de la vida económica del ámbito territorial de demarcación de la Cámara, seleccionadas conforme a los mismos criterios que los vocales de la letra b). A tal fin, el presidente propondrá a los vocales de las letras a), b) y c) del apartado anterior una lista de candidatos que, reuniendo los requisitos establecidos reglamentariamente, supere en un tercio el número de vocalías a elegir.
3. La condición de miembro del Pleno es única e indelegable, no teniendo carácter retribuido, y su mandato es de cuatro años, pudiendo ser reelegido.
4. Reglamentariamente se determinará el régimen de provisión de vacantes del Pleno.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ar/l/2015/03/25/3#art-11