Art. Disposición final primera
Título TÍTULO VI

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 29 abr 2014
El Consejo Consultivo elaborará, en el plazo de tres meses a partir de su efectiva renovación, el nuevo Reglamento de organización y funcionamiento y lo elevará al Consello de la Xunta para su aprobación, en el plazo máximo de tres meses.
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