Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 26
26 / 34En vigor desde 8 jul 2014
En la prescripción de las sanciones reguladas en la presente ley, se estará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Proeli/es-mc/l/2014/07/02/3#art-26