Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Normas sobre la suficiencia estática del sistema
Art. 9
9 / 23En vigor desde 27 jun 2014
1. El fondo interinsular de financiación de servicios se dota en el año base 2012 con un importe de 178.129.505,72 euros, resultante de la suma de 176.729.505,72 euros, que se reparte sobre la base de la población de derecho correspondiente al territorio de cada consejo insular respecto de la población de derecho del conjunto de las Illes Balears, corregida por un índice relativo de usuarios potenciales de los servicios y un factor de corrección de las diferencias de coste debidas a la insularidad, más una cuantía fija de 350.000 euros para cada consejo insular, de acuerdo con la siguiente expresión:
c : 350.000 euros.
FIFS i : fondo interinsular de financiación de servicios correspondiente al consejo insular i.
FIFS 2012 : fondo interinsular de financiación de servicios en el año base 2012.
P i : población total de derecho del consejo insular i.
∑P i : población total de derecho de las Illes Balears.
IUP i : índice de usuarios potenciales por habitante del consejo insular i.
FI i : factor de corrección de las diferencias de coste debidas a la insularidad.
ƒ: constante que toma el valor de 0,3.
2. El índice de usuarios potenciales por habitante IUP i se calcula de acuerdo con la siguiente expresión:
V j : peso de la categoría de gasto j.
IUP ij : índice de usuarios potenciales por habitante del consejo insular i en la categoría j: peso de la variable socioeconómica k a la categoría j.
IUP k : índice relativo de la variable socioeconómica k.
k i : valor de la variable socioeconómica k para el consejo insular i.
3. El factor de corrección de las diferencias de coste debidas a la insularidad FI i se define de la siguiente manera:
Donde d toma valor 1 para el Consejo Insular de Mallorca, 1,4 para los consejos insulares de Menorca y de Ibiza, y 1,6 para el Consejo Insular de Formentera.
4. Las categorías de gasto, las variables socioeconómicas representativas y las ponderaciones respectivas, expresadas en tanto por ciento, son las siguientes:
Categorías de gasto Ponderación – Porcentaje Variables Ponderación – Porcentaje Administración general 10,30 Población ampliada. 100 Seguridad y protección civil 1,44 Población ampliada. 50 Superficie forestal. 50 Servicios sociales 48,49 Población de derecho. 45 Población de derecho de 65 y más años. 40 Dispersión de la población. 7 Población parada. 5 Población de derecho de 18 y menos años. 3 Cultura y deportes 6,74 Población ampliada. 100 Vivienda y urbanismo 1,64 Población ampliada. 80 Superficie. 20 Medio ambiente 2,51 Población ampliada. 40 Superficie. 30 Superficie protegida. 30 Carreteras 28,88 Población ampliada. 50 Superficie. 30 Dispersión de la población. 20
5. De acuerdo con ello, las proporciones que corresponden a cada consejo insular de este fondo en el año base 2012 son las siguientes:
a) Consejo Insular de Mallorca: 74,820776%.
b) Consejo Insular de Menorca: 10,676024%.
c) Consejo Insular de Ibiza: 13,034372%.
d) Consejo Insular de Formentera: 1,468828%.
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Proeli/es-ib/l/2014/06/17/3#art-9