Art. Disposición transitoria décima
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria décima

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En vigor desde 6 jun 2013
Los órganos de asesoramiento de la Comisión Nacional de Energía previstos en la Disposición adicional undécima de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, seguirán ejerciendo sus funciones hasta que se constituya el Consejo Consultivo de Energía previsto en la Disposición adicional decimoquinta de esta Ley.
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