Art. 32
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 32

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En vigor desde 6 jun 2013
Los contratos que celebre la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia se ajustarán a lo dispuesto en la legislación sobre contratación del sector público, siendo su órgano de contratación el Presidente de la misma.
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eli/es/l/2013/06/04/3#art-32