Art. 29
Título TÍTULO SEGUNDO

Art. 29

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En vigor desde 6 jun 2013
La Administración de la Comunidad de Castilla y León, conforme a los planes de subvenciones que se establezcan, convocará programas de ayudas para financiar actuaciones que fomenten y sirvan de instrumento útil para la integración ciudadana de los inmigrantes en esta Comunidad Autónoma.
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