Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 12En vigor desde 5 jul 2013
La presente ley tiene por objeto reconocer la autoridad del profesorado de centros sostenidos con fondos públicos en el ámbito del Principado de Asturias, y establecer las condiciones básicas de su ejercicio profesional, con el fin de procurar el adecuado clima de convivencia en los centros educativos y garantizar el pleno ejercicio del derecho a la educación de todo el alumnado.
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Proeli/es-as/l/2013/06/28/3#art-1