Art. Disposición final cuarta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final cuarta

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En vigor desde 20 jun 2013
La presente ley entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», salvo lo dispuesto en el artículo 37.1 referido al 1 por 100 cultural, que entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
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