Art. Disposición transitoria decimotercera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria decimotercera

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En vigor desde 8 jul 2012
Las reducciones por transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje establecidas en el apartado 2 del artículo 3 serán de aplicación asimismo en los supuestos de contratos para la formación celebrados con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, que se transformen en indefinidos a partir del 1 de enero de 2012.
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