Art. 54

Art. 54

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En vigor desde 1 mar 2012
Se modifica el apartado 2 del artículo 163 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo: «2. El suelo correspondiente al porcentaje de aprovechamiento urbanístico de cesión obligatoria y gratuita, tanto en suelo urbano como en suelo urbanizable, se incorpora al patrimonio municipal de suelo y de vivienda.»
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eli/es-ct/l/2012/02/22/3#art-54