Art. 54
54 / 107En vigor desde 1 mar 2012
Se modifica el apartado 2 del artículo 163 del texto refundido de la Ley de urbanismo, que queda redactado del siguiente modo:
«2. El suelo correspondiente al porcentaje de aprovechamiento urbanístico de cesión obligatoria y gratuita, tanto en suelo urbano como en suelo urbanizable, se incorpora al patrimonio municipal de suelo y de vivienda.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2012/02/22/3#art-54