Art. 21
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Armonización de las retribuciones del personal al servicio de las entidades instrumentales y de los consorcios

Art. 21

21 / 49
En vigor desde 1 ene 2025
(Derogado). Se deroga por la disposición derogatoria única.e) de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-413 Se modifica el apartado 3 por la disposición final 3.2 de la Ley 12/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-447

Tus anotaciones

Pro

eli/es-an/l/2012/09/21/3#art-21