Art. 94
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Organización y funcionamiento

Art. 94

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En vigor desde 14 abr 2012
1. Las resoluciones del Comité Gallego de Justicia Deportiva agotan la vía administrativa. Contra éstas podrá interponerse recurso ante el órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa. 2. Las resoluciones del Comité Gallego de Justicia Deportiva se ejecutarán en primera instancia a través de la correspondiente federación deportiva, que será responsable de su efectivo cumplimiento.
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