Art. 71
Título TÍTULO V

Art. 71

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En vigor desde 14 abr 2012
La Administración deportiva, en colaboración con las universidades gallegas, impulsará el desarrollo de la investigación científica en las distintas áreas relacionadas con el deporte para la mejora de su calidad y promoverá la divulgación y aplicación de los resultados obtenidos.
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eli/es-ga/l/2012/04/02/3#art-71