Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª Competiciones y eventos deportivos
Art. 18
18 / 176En vigor desde 14 abr 2012
Las competiciones deportivas que tengan lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia se clasificarán:
a) Por su carácter, en competiciones oficiales y competiciones no oficiales.
b) Por su ámbito territorial, en competiciones locales, provinciales, interprovinciales, autonómicas, estatales e internacionales.
c) Por su organización, en competiciones federadas y no federadas.
d) Por el colectivo al que se dirigen, en competiciones de deporte escolar y de deporte universitario, además de otras que puedan señalarse de forma reglamentaria.
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Proeli/es-ga/l/2012/04/02/3#art-18