Art. 33
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO VISecc. Sección 1.ª Apoyo familiar

Art. 33

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En vigor desde 13 sept 2011
La finalidad del apoyo familiar es el fortalecimiento, enriquecimiento y mejora de la calidad de vida de las personas en el seno familiar y de la familia como grupo. El apoyo familiar abordará los problemas que puedan surgir en la familia y por extensión en los miembros que la componen, prestando especial atención al interés superior y a la vulnerabilidad de las y los menores, y atendiendo especialmente a: a) Las crisis del ciclo vital de la familia. b) Las situaciones de conflicto. c) La viabilidad adaptativa del grupo familiar: apoyo, protección y desarrollo.
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eli/es-ga/l/2011/06/30/3#art-33