Art. 16
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª Familias con personas dependientes a cargo

Art. 16

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En vigor desde 13 sept 2011
Tienen la consideración de familias con personas dependientes a cargo aquellas en las cuales convivan personas que tengan reconocida la situación de dependencia.
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eli/es-ga/l/2011/06/30/3#art-16