Art. 15
Título TÍTULO IV

Art. 15

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En vigor desde 21 abr 2011
En el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se constituirá una Comisión Mixta Autonómica, integrada por representantes de la Federación de Colombicultura de la Región de Murcia y de la Federación de Colombofilia de la Región de Murcia.
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