Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 10 may 2011
Se modifica el artículo 51.1 del texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, que queda redactado como sigue: «Artículo 51. 1. Corresponde al Gobierno de Aragón autorizar los gastos de los Departamentos y Organismos en aquellos supuestos reservados por ley a su competencia y en los siguientes casos: a) Expedientes de contratación de valor estimado superior a tres millones de euros. b) Acuerdos de concesión de subvenciones por importe superior a novecientos mil euros.»
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