Art. 12 ter
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 12 ter

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En vigor desde 23 feb 2021
En los supuestos en que la propuesta de adjudicación de un contrato recaiga sobre una unión temporal de empresarios o sobre una agrupación de estos con el compromiso de constituir una sociedad, el plazo para presentar la documentación referida a los servicios correspondientes del órgano de contratación de acuerdo con la legislación vigente en materia de contratación pública será de veinte días hábiles. El órgano de contratación, en aquellos expedientes de contratación en los que lo exija la complejidad de la documentación a aportar, podrá ampliar el plazo general de diez días hábiles previsto en dicha legislación hasta un máximo de veinte días hábiles, de forma motivada y en el momento de aprobación del expediente. Se modifica por la disposición final 4.8 de la Ley 1/2021, de 11 de febrero. Ref. BOE-A-2021-4247#df-4 Se añade por el art. 33.4 de la Ley 3/2012, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2012-5203

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Pro

eli/es-ar/l/2011/02/24/3#art-12-ter