Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO V
Art. 60
61 / 74En vigor desde 10 may 2010
En el transcurso de la instrucción de un procedimiento sancionador por infracción grave, pueden adoptarse las medidas cautelares que se consideren oportunas, tales como la suspensión de la autorización o cualquier otra medida apropiada para evitar o minimizar el riesgo que pueda derivarse de la infracción.
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Proeli/es-ct/l/2010/02/18/3#art-60