Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 6
6 / 74En vigor desde 10 may 2010
Las competencias en prevención y seguridad en materia de incendios se regulan de conformidad con lo dispuesto por la presente ley, la normativa de régimen local y el resto de normativa que sea de aplicación.
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Proeli/es-ct/l/2010/02/18/3#art-6