Título TÍTULO VII›Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición derogatoria única
146 / 150En vigor desde 16 may 2009
1. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan o contradigan a lo dispuesto en esta Ley.
2. En particular, queda derogada la Ley 5/1994, de 16 de mayo, de Fomento de Montes Arbolados de Castilla y León.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2009/04/06/3#disposicion-derogatoria-unica