Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 39
39 / 150En vigor desde 16 may 2009
Los instrumentos de ordenación forestal tendrán la condición de planes de gestión específicos de las zonas incluidas en la Red Natura 2000 si su contenido cumple con las prescripciones exigidas en la correspondiente legislación sectorial.
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Proeli/es-cl/l/2009/04/06/3#art-39