Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 1.ª Disposiciones generales
Art. 29
29 / 117En vigor desde 4 jul 2009
Serán de aplicación a las fusiones de sociedades mercantiles los requisitos que, en su caso, se exijan en la legislación sectorial.
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Proeli/es/l/2009/04/03/3#art-29