Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª El plan riojano de I+D+I
Art. 33
33 / 64En vigor desde 2 jul 2009
1. El Plan de I+D+I deberá contener, entre otros, los siguientes extremos:
a) Un análisis multidisciplinar para el diagnóstico de la situación en I+D+I de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
b) La descripción de las líneas estratégicas en que se basa y de los objetivos prioritarios que se persiguen, atendiendo a su rentabilidad científica, social y económica.
c) Los indicadores de cumplimiento y los sistemas para su evaluación, así como la previsión de herramientas tecnológicas suficientes para medir los resultados.
d) Una planificación general de las actividades que deberán desarrollarse en el plazo que comprenda cada plan, estructuradas en programas, que tendrá una descripción detallada de dichas actividades, de los objetivos de rentabilidad económica, social y científica y de los instrumentos y medios para conseguirlos, así como de la planificación temporal.
e) En la estructura del plan deben incluirse los mecanismos de gestión y coordinación de los programas, las modalidades de participación de los distintos agentes, así como los sistemas de evaluación de las propuestas, seguimiento de su ejecución y difusión de los resultados obtenidos.
f) En su caso, las previsiones para el fomento de la investigación científica y del desarrollo tecnológico en las empresas, así como para la promoción de las entidades que sean constituidas por ellas.
g) La valoración de los gastos correspondientes a las acciones.
h) La financiación prevista a cargo de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como las aportaciones estatales y comunitarias y las de los organismos de carácter público o privado.
i) Las previsiones para la difusión de los resultados y para la sensibilización, difusión, promoción y fomento de la I+D+I a la sociedad riojana.
2. Los planes riojanos se podrán estructurar en programas y líneas de actuación, y dispondrán de instrumentos e indicadores de su evolución.
3. Bajo la coordinación general de la Consejería competente en materia de I+D+I, en cada uno de estos programas se incluirán las acciones de las distintas Consejerías del Gobierno de La Rioja que tengan competencia sobre la materia objeto del programa. Dado su carácter transversal en la gestión de la I+D+I, la Consejería competente en materia de I+D+I participará en todos los programas, bien sea gestionando directamente aquellas acciones que sean de su competencia o bien ejerciendo la coordinación dentro y entre los distintos programas.
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Proeli/es-ri/l/2009/06/23/3#art-33