Art. 273
Título TÍTULO SEXTOCapítulo CAPÍTULO II

Art. 273

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En vigor desde 30 sept 2009
Lo dispuesto en este capítulo se entiende sin perjuicio de la imposición de las sanciones que procedan y de las facultades que correspondan a las autoridades competentes, en virtud del régimen específico de autorización, concesión o cualquier otro al que estuvieran sometidos determinados actos de edificación y uso del suelo o del subsuelo.
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