Art. 126
Título TÍTULO CUARTOCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Régimen general

Art. 126

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En vigor desde 30 sept 2009
1. La ejecución del planeamiento urbanístico corresponde a los municipios y se desarrollará conforme a lo establecido en esta Ley. 2. La ejecución de los planes y proyectos de interés general de Aragón corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma conforme a lo establecido en el capítulo tercero del Título III.
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