Art. 6
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 6

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En vigor desde 20 jun 2009
La Administración Sanitaria garantizará, mediante las actuaciones y mecanismos necesarios, la aplicación y respeto de los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, contenidos en la presente Ley, promoviendo en todo momento su extensión y observancia.
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eli/es-mc/l/2009/05/11/3#art-6