Art. 14
Capítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 5.ª El Director General

Art. 14

14 / 41
En vigor desde 17 jun 2008
1. El Director General de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» podrá ser cesado por la Asamblea de Extremadura, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, oído el Consejo de Administración, mediante resolución motivada. 2. Producido el cese, la Asamblea de Extremadura iniciará el procedimiento para la elección de un nuevo titular de la Dirección General de la Empresa Pública «Corporación Extremeña de Medios Audiovisuales» en un plazo no superior a un mes. 3. Hasta tanto sea designado el nuevo Director General asumirá las funciones el Director de mayor edad de las sociedades filiales.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2008/06/16/3#art-14