Art. Disposición adicional tercera
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 13 jul 2008
Para la impugnación de la titularidad así como para la inscripción de los montes incluidos en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública se estará a lo dispuesto en el artículo 18, apartados 1, 2 y 3, de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, o en la norma que lo sustituya.
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