Art. 12
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª De los montes patrimoniales

Art. 12

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En vigor desde 13 jul 2008
Con carácter general, a la gestión de los montes patrimoniales, en cuanto a usos y aprovechamientos y régimen de autorizaciones y notificaciones, le son de aplicación las mismas normas que a los montes en régimen privado.
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