Art. 29
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO V

Art. 29

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En vigor desde 1 ene 2011
Al objeto de garantizar la defensa contra los incendios forestales y de facilitar la ordenación de los montes y su planeamiento preventivo, se promoverá la reorganización de la propiedad forestal y la puesta en marcha de agrupaciones de propietarios forestales. Se modifica por el de la Ley 15/2010, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2011-2546 .

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Pro

eli/es-ga/l/2007/04/09/3#art-29