Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 1. Tipología
Art. 9
9 / 60En vigor desde 6 ene 2008
Para construir o modificar obras públicas deben redactarse los correspondientes estudios y proyectos en función de las características de las obras, de conformidad con lo establecido por la presente ley, por la legislación sectorial de aplicación y por la legislación sobre contratación pública.
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Proeli/es-ct/l/2007/07/04/3#art-9