Art. 30
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 30

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En vigor desde 6 ene 2008
Los agentes incluidos en el ámbito de aplicación de la presente ley deben contratar las obras públicas y los servicios relacionados con estas en los términos y condiciones establecidos por la legislación sobre contratación pública, con las particularidades determinadas por la presente ley.
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eli/es-ct/l/2007/07/04/3#art-30