Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 52
52 / 71En vigor desde 18 abr 2007
Será pública la acción para exigir ante la Administración Pública la observancia de lo establecido en esta Ley y en las disposiciones que se dicten para su desarrollo y aplicación.
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Proeli/es-cb/l/2007/04/04/3#art-52