Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 11 may 2007
Es objeto de esta ley la creación y regulación del Instituto Vasco Etxepare Euskal Institutua/Basque Institute, para la promoción, difusión y proyección, fuera de la Comunidad Autónoma vasca, del euskera y de la cultura vasca en cualquiera de sus lenguas oficiales, manifestaciones, soportes, medios y formas de expresión.
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