Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición derogatoria
57 / 62En vigor desde 12 jul 2007
Quedan derogadas todas las normas de igual o inferior rango en la medida que se opongan a lo dispuesto en la presente Ley.
Mientras no se proceda al desarrollo reglamentario de la presente Ley y en cuanto no se opongan a lo establecido en la misma, se seguirán aplicando el Decreto 65/1998, de 5 de noviembre (LRM 1998, 228 y LRM 1999, 10), por el que se regulan las Ayudas, Prestaciones y Medidas de Inserción y Protección Social, modificado por Decreto 84/2006, de 19 de mayo (LRM 2006, 212), la Orden de 16 de septiembre de 1994 (LRM 1994, 192) de la entonces Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales sobre Ingreso Mínimo de Inserción, la Orden de la Consejería de Trabajo y Política Social de 15 de junio de 2006 (LRM 2006, 248), por la que se adaptan a la normativa de subvenciones las órdenes reguladoras de las ayudas de carácter periódico que gestiona el ISSORM, en la actualidad IMAS, entre las que se encuentra la Prestación del Ingreso Mínimo de Inserción así como la Orden de la Consejería de Trabajo y Política Social, de 20 de octubre de 2006 (LRM 2006, 364), sobre actualización del importe de la Prestación del Ingreso Mínimo de Inserción.
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/3#disposicion-derogatoria