Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 28
28 / 62En vigor desde 12 jul 2007
Tendrá la consideración de infracción muy grave la actuación fraudulenta del titular en la obtención de la prestación y en el mantenimiento de la misma.
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Proeli/es-mc/l/2007/03/16/3#art-28