Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 44
44 / 66En vigor desde 6 may 2006
La Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears es el órgano colegiado de coordinación y cooperación de la administración autonómica en materia de emergencias y de protección civil.
En lo referente a su estatuto jurídico, organización y funciones se tendrá en cuenta lo que dispone la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de ordenación de emergencias y la normativa de desarrollo.
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Proeli/es-ib/l/2006/03/30/3#art-44