Art. 3
Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

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En vigor desde 6 may 2006
Esta ley es de aplicación a todas las situaciones de riesgo, emergencia, catástrofe o calamidad que se produzcan en el territorio de la comunidad autónoma de las Illes Balears, sin perjuicio de lo establecido en la legislación estatal para las situaciones de emergencia declaradas de interés nacional.
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eli/es-ib/l/2006/03/30/3#art-3