Art. 142
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 142

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En vigor desde 28 abr 2006
Para la imposición de las sanciones previstas en este título se seguirá el procedimiento previsto en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto.
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