Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 31 mar 2006
El procedimiento de participación en el Fondo de acción territorial de la educación superior, la determinación de las actuaciones objeto de financiación y su porcentaje, los contenidos de los proyectos y los demás requisitos necesarios para poder participar en el Fondo deben establecerse en la normativa que desarrolle la presente ley.
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eli/es-ct/l/2006/03/17/3#art-6