Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO VI

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 31 may 2005
En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, quedarán constituidas la Comisión Académica y la Comisión Social del Consejo Interuniversitario de la Región de Murcia.
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