Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final séptima
137 / 137En vigor desde 30 abr 2005
La presente Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
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Proeli/es-pv/l/2005/02/18/3#disposicion-final-septima