Título TÍTULO V
Art. 61
62 / 87En vigor desde 22 sept 2005
La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá publicar con carácter anual un calendario de las ferias y exposiciones oficiales que tengan lugar en su territorio, sin perjuicio de las atribuciones que en materia de ferias comerciales internacionales tiene reservadas la Administración del Estado.
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Proeli/es-ri/l/2005/03/14/3#art-61