Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

30 / 33
En vigor desde 7 jun 2005
1. Queda derogado el Decreto 117/1988, de 21 de junio, de la Diputación General de Aragón, por el que se crea el Centro de Transfusión de Sangre de la Comunidad Autónoma de Aragón y su Red Transfusional. 2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Ley.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/2005/05/12/3#disposicion-derogatoria-unica